Lunes 30 de agosto de 2021
INTERÉS GENERAL

Esta fecha constituye un aporte al fortalecimiento de la conciencia mundial sobre la persistencia de la práctica de la desaparición forzada de personas -catalogado como crimen de lesa humanidad por la OEA y la ONU. Se inscribe, asimismo, en el trabajo que los organismos de derechos humanos realizan para influir en las políticas públicas nacionales e internacionales con el objetivo de prevenir toda forma de autoritarismo y consolidar la vigencia de los derechos y libertades.

En la última sesión del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Ginebra, 29 de junio de 2006) se aprobó el proyecto de Convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas

El 21 de diciembre de 2010, la Asamblea General de la Naciones Unidas, en virtud de la Resolución A/RES/65/209, expresó su preocupación, en particular, por el aumento de las desapariciones forzadas en diversas regiones del mundo, así como los arrestos, las detenciones infundadas y los secuestros cuando son parte de las desapariciones forzadas o equivalen a ellas, y por el creciente número de denuncias de actos de hostigamiento, maltrato e intimidación, padecidos por testigos de desapariciones o familiares de desaparecidos.

Resolución /RES/65/209: http://www.un.org/es/comun/docs/?symbol=A/RES/65/209.

En esta resolución se establece el Día Internacional del Detenido Desaparecido.

Gracias a la lucha de los Organismos de Derechos Humanos, fundamentalmente de nuestras Madres y Abuelas de Plaza de Mayo, con el acompañamiento de todo el pueblo, nuestro país es un ejemplo internacional en la defensa de los DDHH y la lucha contra la impunidad.