
Desde LA DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS informamos que los haberes del mes de abril de 2011, acreditados en cuenta el 2 de mayo de 2011, resultaron afectados relativamente por la aplicación de lo establecido por la Resolución General de AFIP 3073/11, referido al cambio del Mínimo No Imponible con efecto retroactivo a partir del 01/01/2011.
En tal sentido, en la liquidación del mes de abril de 2011 se procedió al ajuste correspondiente de los meses de enero, febrero, marzo y abril del corriente año.
En consecuencia estos ajustes han generado una percepción de bolsillo que en la gran mayoría de los casos fue superior a la que se acreditará con los salarios del mes de mayo y siguientes.
Teniendo en cuenta que la situación de cada agente es individual y propia frente al Impuesto a las Ganancias, nos resulta imposible informar el resultado concreto para cada uno.
Sin perjuicio de ello hemos creído oportuno alertar sobre esta situación para que se tenga en cuenta con relación a posibles compromisos que pudieran asumir.