OSPUNCPBA informa sobre trámite de derivación de aportes

Martes 26 de abril de 2022
Estimados afiliados:
Nos comunicamos con usted debido a que aquellos afiliados titulares y/o del grupo familiar que poseen aportes en otras Obras Sociales del Sistema Nacional de Salud (Ley 23.660) deben iniciar el trámite de derivación de aportes, para que los mismos sean destinados a OSPUNCPBA. Esto se encuentra reglamentado en la ley 24.741 art. 8, la cual establece lo siguiente:
"Los beneficiarios de la presente ley, ya sea como beneficiarios titulares o como miembros del grupo familiar primario, que estén afiliados a otro agente del Sistema Nacional del Seguro de Salud, deberán optar por una sola obra social y unificar su afiliación y aportes"
El trámite de derivación de aportes es de carácter obligatorio y ante la negativa a la realización de dicho trámite la Obra Social está obligada a informar a las autoridades regulatorias correspondientes (Ministerio de Salud de la Nación) para evaluar su situación.
Para poder iniciar dicho trámite debe consultar al sector de afiliaciones (2494431289 int.17) que lo asesoraremos. Se aclara que IOMA no se encuentra comprendido en esta reglamentación por ser un Instituto Provincial.
Muchas gracias.
Saludos cordiales.