Derecho
15 de diciembre de 2015

La inclusión de la perspectiva de género como mecanismo visibilizador de la violencia sexual en el conflicto armado

Lic. Carlos Enrique GONZÁLEZ AGUIRRE

La violencia sexual se ha posicionado como un desafortunado fenómeno que afecta a hombres, mujeres, niños y niñas, en el marco de los conflictos armados, como consecuencia de la materialización de actos de índole sexual que prevalecen como estrategias de guerra, castigos o meros actos de tortura y propagación del miedo, en el contexto de las hostilidades.

Sin embargo, la violencia sexual afecta específicamente a las mujeres, como resultado del especial grado de vulneración que han adquirido histórica y socialmente por la condición misma de su género.

En este sentido, la violencia sexual, según lo ha estimado el Comité internacional de la Cruz Roja (CICR) (1), comprende:

  1. Violación sexual
  2. Esclavitud sexual,
  3. Prostitución forzada,
  4. Embarazo forzado
  5. Esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable.

Ahora bien, este conjunto de actos violentos, victimiza de forma generalizada a las mujeres, no obstante que existen ciertos grupos que cobran mayor vulneración, tales como mujeres indígenas, campesinas y desplazadas, verbigracia.

En razón de lo anterior, la violencia sexual en el conflicto armado es el resultado de la subordinación de las mujeres, respecto de los hombres, dicha afirmación radica en que la violencia sexual proferida contra las mujeres en cualquiera de sus facetas, tiende a ser considerada como una consecuencia inevitable en el marco de las hostilidades. Por tanto se vislumbra una “instrumentalización” de las mujeres, como la expresión mismas de los estereotipos de género, mismos que vienen a reafirmarse en dicho contexto. (2)

No obstante, durante el conflicto armado no sólo se vulnera a las mujeres que conforman la población civil, también se victimiza a un sinnúmero de mujeres que son incorporadas, por su propia voluntad o por la fuerza, a los grupos armados, constituidos ilegalmente. (3) Es decir, a las mujeres guerrilleras y/o perpetradoras.

En este sentido, el fenómeno de la violencia sexual en el marco del conflicto armado tiene un punto de convergencia entre lo público y lo privado, con motivo de la naturalización de la violencia contra las mujeres, misma que prevalece al conflicto, es decir, en momentos de paz, y que adquiere un alarmante y sistematizado conjunto de actos que se configuran durante el conflicto y que van a permanecer posterior al conflicto.

Por tanto, las mujeres sufren violaciones respecto de su derecho a la vida, a la integridad física y psicológica, a la seguridad y al libre desarrollo de la personalidad. Además, que en consecuencia se obstaculiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, mismos que son protegidos en el marco del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

En suma, la importancia de la inclusión de la perspectiva de género en el marco de los conflictos armados, radica en que la injerencia de este mecanismo permite visualizar a través de un análisis diferenciado, la existencia de la violencia sexual, configurada como violencia de género, pre del conflicto, durante el conflicto y post conflicto.

Finalmente, es de celebrarse que el coloquio VII Coloquio de Derecho Internacional Humanitario y Derecho Penal Internacional, organizado por el Centro de Estudios en Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la UNCEN, brinde un espacio para conformar mesas de trabajo, donde se diserta y discute acerca de la vulneración de los derechos humanos de las mujeres en el conflicto armado, posicionándose como un espacio inclusivo en el mundo de las ideas, desde el punto de vista académico.

Notas:

1. CICR. “Violencia sexual en conflictos armados: preguntas y respuestas”, Sitio Web del Comité Internacional de la Cruz Roja. [En línea]. Consultado el 07 de diciembre de 2015. Disponible en: https://www.icrc.org/spa/resources/documents/faq/sexual-violence-questio...

2. RESTREPO YEPES, Olga Cecilia. ¿El silencio de las inocentes?: violencia sexual a mujeres en el contexto del conflicto armado. Opinión jurídica, Universidad de Medellín [PDF]. 2007, vol.6, n.11, pp. 89-101,. Consultado el 08 de diciembre de 2015. Disponible en: http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1692-2530200... ISSN 1692-2530

3. INCALCATERRA, Amerigo. “Situación de los derechos humanos de las mujeres en Colombia”, Ponencia del Director Adjunto de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos. [PDF]. Consultado el 08 de diciembre de 2015. Disponible en: http://www.hchr.org.co/publico/pronunciamientos/ponencias/po0453.pdf

© Todos los derechos reservados.

Lic. Carlos Enrique GONZÁLEZ AGUIRRE:
Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana. Especialista en Administración Fiscal por el Instituto de Contaduría Pública de la Universidad Veracruzana. Diplomado en Estudios Avanzados en Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario de la Academia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario en American University, Washington College of Law. Estudiante de la Maestría en Derechos Humanos y Justicia Constitucional en la Universidad Veracruzana y becario del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología.
Contacto: karl_09 [at] hotmail [dot] com